La Cámara confirmó una medida cautelar de primera instancia y ordenó a la empresa de medicina OSDE que restablezca la afiliación del actor y de su grupo familiar -en el mismo plan 210 que tenían- y le ordenó asimismo que deberá garantizarle la cobertura de todas las prestaciones médico-asistenciales correspondientes a dicho plan

El amparo se inicia como consecuencia de la decisión de la empresa demandada -OSDE- de cambiar el plan médico del grupo familiar del actor con sustento en el falseamiento de su declaración jurada de ingresos en la que se habría omitido consignar la preexistencia de una enfermedad que requería tratamiento médico.

La Cámara Civil y Comercial Federal entendió que se encontraba configurado la verosimilitud del derecho del actor y el peligro en la demora por cuanto la falta de cobertura médica pondría en serio peligro el estado de salud del amparista y fallaron en consecuencia tutelando el derecho a la salud del actor y su grupo familiar

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